Servicios de tasación y Valoración

El usufructo es un derecho real que se tasa

Un usufructo en favor de un tercero o del donante, se deducirá del acervo sujeto
al pago del impuesto:

Si el usufructo es por tiempo determinado, un décimo de la cosa fructuaria por cada
cinco años o fracción que el usufructo comprenda.

Si el usufructo es por tiempo indeterminado, por estar su duración sujeta a condición o a
plazo que signifique condición, la mitad del valor de la cosa fructuaria.

Si el usufructo es vitalicio, la fracción de la cosa fructuaria que resulte de aplicar la
siguiente escala, según sea la edad del beneficiario.

Edad del Beneficiario:
Menos de 30 años……………………9/10
Menos de 40 años……………………8/10
Menos de 50 años……………………7/10
Menos de 60 años……………………5/10
Menos de 70 años……………………4/10
Más de 70 años…………………………2/10 

Nuestro equipo resuelve el precio del bien

Tome contacto con un experto.